Herencias y Legados
A través de tu herencia y legado, también tienes la oportunidad de colaborar con Fundación Promiva.
Cualquier persona tiene la posibilidad de destinar hasta un tercio de sus bienes, conocido como parte de libre disposición, a la entidad que elija, ya sea una persona física o jurídica.
Es importante destacar que al destinar la herencia o legado a una Fundación como la nuestra, estos recursos no están sujetos al impuesto de sucesiones ni al impuesto de sociedades.
Existen diversas formas de legar: una suma de dinero, un porcentaje del valor total del patrimonio, una propiedad inmobiliaria, bienes de valor como joyas, obras de arte o antigüedades, así como valores financieros.
Con tu generosa contribución, ya sea grande o pequeña, estarás ayudando a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual a las que nos dedicamos.
Estarás generando oportunidades para ayudarnos a acompañar a estas personas a lo largo de sus vidas.
Si deseas incluir a la Fundación Promiva en tu testamento como heredero o legatario, bastará con indicarlo ante un notario, proporcionando los siguientes datos:
Fundación Promiva
CIF: G28684397
Carretera de Boadilla del Monte a Villaviciosa de Odón km. 5,100
28032 Villaviciosa de Odón, MADRID