Herencias y Legados

A través de tu herencia y legado, también tienes la oportunidad de colaborar con Fundación Promiva.

Cualquier persona tiene la posibilidad de destinar hasta un tercio de sus bienes, conocido como parte de libre disposición, a la entidad que elija, ya sea una persona física o jurídica.

Es importante destacar que al destinar la herencia o legado a una Fundación como la nuestra, estos recursos no están sujetos al impuesto de sucesiones ni al impuesto de sociedades.

Existen diversas formas de legar: una suma de dinero, un porcentaje del valor total del patrimonio, una propiedad inmobiliaria, bienes de valor como joyas, obras de arte o antigüedades, así como valores financieros.

Con tu generosa contribución, ya sea grande o pequeña, estarás ayudando a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual a las que nos dedicamos.

Estarás generando oportunidades para ayudarnos a acompañar a estas personas a lo largo de sus vidas.

Si deseas incluir a la Fundación Promiva en tu testamento como heredero o legatario, bastará con indicarlo ante un notario, proporcionando los siguientes datos:

 

Fundación Promiva

CIF: G28684397

Carretera de Boadilla del Monte a Villaviciosa de Odón km. 5,100

28032 Villaviciosa de Odón, MADRID

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