Donación Empresas

– Donación de acción social:
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– Te ayudamos a cumplir con la ley LGD
LINK:Ponerlo bonito con cuadros colores…
La Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobada mediante Real Decreto Legislativo 1/2013, establece en su artículo 42.1 la obligación de las empresas públicas y privadas con una plantilla superior a 50 trabajadores a que reserven una cuota del 2% para profesionales con discapacidad.
En Fundación Promiva ayudamos a las empresas que no están en disposición de contratar, al cumplimiento de la ley, mediante medidas alternativas previstas en la misma, y sujetas al reconocimiento de la excepcionalidad.

Descarga información sobre LGD (link a información LGD)
link: ponerlo bonito con cuadros, colores
Te ayudamos a cumplir con las obligaciones recogidas en la Ley 172013 de 29 de noviembre. La ley prevé la aplicación de Medidas Alternativas para las empresas de más de 50 trabajadores que no estén en disposición de reservar una cuota del 2% de su plantilla para personas con algún tipo de discapacidad, con un grado igual o superior al 33%, entre las que destaca:

1 Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la beneficiaria sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad.
2 La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de cualquier tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida.
3 Constitución de un enclave laboral, por el cual, un trabajador o grupo de trabajadores con discapacidad del Centro Especial de Empleo se desplaza a la empresa para realizar allí su labor productiva en servicios ajenos y accesorios a la propia actividad de la empresa.

Para poder cumplir con la LGD mediante las Medidas Alternativas es necesario solicitar previamente un Certificado de Excepcionalidad que acredite que la empresa no puede llevar a cabo la contratación directa, bajo uno de estos dos supuestos: La existencia de razones económicas, técnicas, operativas o de producción que lo impidan; o la imposibilidad de cubrir la oferta de empleo. ¿Cómo se calculan las medidas alternativas?
El certificado se solicita ante los servicios públicos de empleo y se tendrá que renovar a los 3 años.

¿Cómo se calculan las medidas alternativas?
El cálculo de las medidas alternativas, para cualquiera de las 3 vías que recoge la Ley, se realiza en base al número de trabajadores con discapacidad no contratados según la cuota de reserva del 2%, el IPREM del año en curso, y un número establecido por la propia Ley (1,5 en caso de donaciones y 3 en caso de compras y/o contratación a CEE).

– Compra planta en el Centro Especial de Empleo?
Planta ornamental de los viveros
Gildas (link a la web de gildas)

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